Con la entrada en vigor en 1990 de la Ley de Aguas de Canarias, nuestra Comunidad Autónoma asumió plenamente la ordenación de los recursos y aprovechamientos hidráulicos del Archipiélago.
En la Ley de Aguas de Canarias se establece que cada isla es una cuenca hidrográfica y se crean los siete Consejos Insulares de Aguas - adscritos a los respectivos Cabildos -, como organismos descentralizados para la "dirección, ordenación, planificación y gestión unitaria de las aguas" en la isla.
En 1995, el CIATF aprobó inicialmente el Plan Hidrológico Insular (PHI), que - tras su aprobación definitiva al año siguiente - fue el primer plan de cuenca aprobado en España, actualmente en vigor.
El nuevo Plan Hidrológico de Tenerife (PHT), recoge la experiencia del anterior, se ajusta a la realidad insular actual e integra tanto la nueva normativa europea sectorial de aguas - Directiva Marco del Agua (DMA) – como la derivada del ámbito territorial – Ley 19/2003 de Directrices de Ordenación General y Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias y Plan Insular de Ordenación del Territorio (PIOT) -.